jueves, 17 de febrero de 2011

¿Quiénes pueden acceder a la DEH?


El acceso a la DEH puede ser realizado directamente por el obligado tributario o mediante un apoderado con poder expreso para recibir notificaciones telemáticas de la Agencia Tributaria.

En ambos casos es necesaria la autenticación de los interesados mediante los certificados electrónicos que se admitan conforme lo establecido en la normativa vigente.

Si ya se dispone de un certificado electrónico admitido por la Administración General del Estado o DNI-e, en el caso de que se tratara de una persona física, puede hacer uso del mismo para acceder al DEH.

¿Qué puede comunicar o notificar la Agencia Tributaria por medios electrónicos?

¿Qué puede comunicar o notificar la Agencia Tributaria por medios electrónicos?

Las Personas y entidades citadas anteriormente estarán obligadas a recibir por medios electrónicos todas las comunicaciones y notificaciones que efectúe la Agencia Tributaria de esta forma en sus actuaciones y procedimientos tributarios, aduaneros y estadísticos de comercio exterior y en la gestión recaudatoria de los recursos de otros Entes y Administraciones Públicas que tiene atribuida o encomendada.

Por tanto, la notificación electrónica pasa a ser la forma habitual de notificación de las actuaciones de la Agencia Tributaria. No obstante, existen una serie de excepciones.