miércoles, 14 de enero de 2009

España: Hacienda no puede vetar los negocios con ventajas fiscales


"Hacienda no puede vetar los negocios con ventajas fiscales", articulo publicado el 20-10-2008 , por José Mª López Agúndez en Expansion.com:

Dos resoluciones del Tribunal Económico-Administrativo Central –TEAC– establecen que sólo se pueden regularizar las operaciones que se califiquen como fraude o simulación. Apunta que buscar el ahorro fiscal en sí no es relevante. Sí lo es la legalidad del negocio realizado.


El Tribunal Económico–Administrativo Central –TEAC– ha establecido en dos resoluciones un criterio relevante para las empresas que se acogen al régimen especial recogido en la normativa del Impuesto de Sociedades para encontrar beneficios fiscales en las operaciones de reestructuración. Lo importante para conseguirlo no es que este tipo de negocios busque el ahorro fiscal en sí, sino que se trate de contratos lícitos, sin fraude, ya que de las operaciones fraudulentas se puede presumir el propósito de evasión fiscal.

El TEAC aclara, de esta forma, cómo se aplica el artículo 110.2 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades: “El régimen no se aplicará cuando la operación no se efectúe por motivos económicos válidos, tales como la reestructuración o la racionalización de las actividades de las entidades que participan en la operación, sino con la mera finalidad de conseguir una ventaja fiscal”.

Según precisa ahora el TEAC, “la concurrencia de motivo económico válido, diferente por supuesto del ahorro fiscal implicado en el régimen especial, es exigible no ya desde la promulgación de la Ley del Impuesto de Sociedades, sino desde la entrada en vigor de la Ley 29/1991 que acogió en nuestro sistema la Directiva 90/434”.

En una de las resoluciones, el Tribunal analiza una operación de escisión de una sociedad encubierta a través de sucesivas transmisiones de cada una de las partes del negocio, por lo que la Inspección giró la liquidación complementaria correspondiente a la aplicación general del Impuesto de Sociedades a tal operación de escisión sin la posibilidad de conservar los beneficios fiscales que se había autoaplicado la sociedad.

La resolución apuntaba que, con tal operación, se había producido “un vaciamiento diferido del deudor” y que “tanto el resultado de la operación como los medios a través de los cuales ésta se instrumenta, cabe concluir que ha sido llevada a término con una intencionalidad exclusivamente fraudulenta”. Por ello, confirma una liquidación de 2 millones de euros.

Un caso opuesto es el que analiza la otra resolución, en la que se estudia el beneficio fiscal obtenido por la adquisición de un inmueble por una empresa a una sociedad vinculada donde los socios de ambas eran los mismos. Para el TEAC, “cuando la normativa alude a reinversión no se establece exigencia alguna de no vinculación entre las entidades, ni se excluye el beneficio en los casos en que las entidades intervinientes en la compra pertenezcan al mismo grupo”. El TEAC anula una liquidación de 340.000 euros.

2 comentarios:

  1. Y que les ha parecido la noticia de hoy?:

    Los ahorradores no podrán escapar del alza de impuestos
    Publicado el 01-09-2009 , por Jaime Elías Navarro y Ana Antón

    La subida de impuestos anunciada por el Gobierno a las rentas de capital tendrá un efecto muy limitado y afectará, sobre todo, a los ahorradores que residen en España. El Ejecutivo pretende que las rentas derivadas de los rendimientos de productos de inversión estén gravados con un tipo el 20%, en lugar del 18% actual.


    Según los expertos consultados, en el escenario más optimista, esta modificación fiscal supondría un aumento en la recaudación de sólo 920 millones de euros. Es decir, mientras los productos de ahorro están perdiendo competitividad por la subida de su gravamen, a efectos prácticos no se solventa ningún problema de déficit del Estado, ya que es un pequeño parche para un gran descosido en las cuentas del Estado.

    Para los inversores que obtienen rentas en España, pero que no residen en el país (aquellos que pasan fuera más de 183 días al año), la reforma no tendría casi efectos. Muchas de las operaciones que realizan este tipo de ahorradores ya están exentas (fundamentalmente, las bursátiles), por lo que los efectos de la subida se limitarían a casos muy específicos.

    Riesgo real de fuga
    Donde los expertos sí encuentran un riesgo de fuga de capitales es en la posibilidad de que el Ejecutivo tenga la tentación de modificar la fiscalidad de las Sociedades de Inversión de Capital Variable (Sicavs). Este tipo de instrumentos de canalización del ahorro tiene un régimen fiscal de diferimento de impuestos. Es decir, cuentan con una tributación del 1% sobre sus rentas, pero este gravamen no es definitivo.

    Cuando un socio de esta sociedad recupera su inversión, se le aplica el 18% por la normativa del IRPF o el 30% por el Impuesto de Sociedades. Los expertos consultados creen que si se modifica la tributación de esta figura societaria, extendida en otros países de Europa, sí existe un riesgo real de fuga de capitales, en busca de jurisdicciones fiscalmente más atractivas. Otros expertos no coinciden con este análisis.

    Manuel Pardo, presidente de Adicae (Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros), denunció ayer que, “mientras se penaliza el ahorro, la Administración no se atreve a meter mano a las sicav”, a los que calificó “fraude organizado por bancos y grandes fortunas para tributar sólo al 1%”.

    El margen para subir otros impuestos como el IVA o el Impuesto de Sociedades también presenta argumentos técnicos en contra. En el primer caso, el Estado español cuenta con uno de los gravámenes más bajos de toda Europa (16%), sólo superado por la rebaja especial y temporal hasta el 15% realizada por Reino Unido. No obstante, subir este tributo iría en contra de la tendencia seguida por los grandes países europeos. Sólo Alemania ha elevado su impuesto sobre el consumo del 16 al 19%.

    En el caso del Impuesto de Sociedades (en el 30%), los expertos destacan que se sitúa ya por encima de media de los países de la zona euro (en el 25,9%), por lo que consideran que hay poco margen al alza.

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  2. Juan Sebastian Fernandez1 de septiembre de 2009, 13:18

    Soy autónomo y mis ahorros están bien escondiditos debajo del colchón. Los otros que ganan dinero y ahorran en este país son los funcionarios, así que ellos pagarán los platos rotos de Zapatero.

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