viernes, 12 de diciembre de 2008

España: ventajas para la internacionalizacion, pese a Hacienda


"Golpe al deseo de Hacienda de exigir 2.000 millones a grandes exportadoras", articulo publicado el 11-12-08 , por C. Cuesta / E. S. Mazo en Expansion (www.expansion.com):

La Agencia Tributaria contaba ya con obtener cerca de 2.000 millones de euros adicionales. Debían proceder de una gran actuación inspectora: la que anulaba en la práctica la gran mayoría de las deducciones por exportación aplicadas por las grandes empresas españolas.


Pero se ha encontrado con un serio obstáculo. Una resolución del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC), a la que ha tenido acceso EXPANSIÓN, acaba de asegurar que la Inspección «niega el derecho a la deducción por considerar que la inversión realizada en la constitución de filiales en el extranjero y adquisición de participaciones en sociedades extranjeras no está directamente relacionada con la actividad exportadora [...].

La resolución del Tribunal abre una importante vía de defensa legal frente a Hacienda
Sin embargo, la Inspección [...] está manifestando una apreciación subjetiva, carente de sustento legal, pues la ley exige una relación causal entre inversión y exportación, pero no que la exportación constituya el fin principal de la misma».

Algunas de las mayores empresas con fuerte implantación en el exterior han recibido actas en 2008 por culpa de esta contienda fiscal. «Mientras el deterioro de las ventas al por menor, con caídas superiores al 7%, ha llevado a muchas de las compañías a confiar en el exterior como tabla de salvamento frente a la crisis, la Agencia Tributaria ha decidido apretar las tuercas», señala uno de los directivos de una de las compañías exportadoras.

La internacionalización de las compañías se ha convertido, de hecho, en uno de los mecanismos de diversificación de riesgos y beneficios de las mayores entidades nacionales (Telefónica, Repsol, Endesa o Fenosa entre otras).

El punto de pelea entre las empresas y el Fisco por las deducciones por actividades de exportación en el Impuesto sobre Sociedades (que llegaron a ser de un 25% de los gastos ocasionados) partió de una circular de la Agencia –ver EXPANSIÓN de 3 de julio de 2008–.

El organismo antifraude señalaba en ese documento que «la mera implantación de empresas españolas en el extranjero no supone necesariamente una actividad exportadora [...] la mera implantación de empresas españolas en el extranjero, sin que exista una vinculación a la actividad exportadora, no es merecedora de la deducción por actividades exportadoras».

La resolución actual del TEAC rechaza ese planteamiento. Fuentes jurídicas consultadas destacan que el criterio, aunque podría ser cambiado en posteriores resoluciones, abre una importante vía de defensa legal frente a Hacienda.

Pero, además, la resolución en favor de las empresas tiene otro punto de interés. Se trata de una de las últimas que se emitió estando aún en su cargo el anterior presidente del Tribunal Económico Administrativo Central, Eduardo Abril.

La fecha de debate («fecha de sala») de esta resolución es de abril de 2008, cuando el cese de Abril se publicó en el BOE del 23 de mayo. La salida de Abril, de hecho, fue acompañada de versiones que apuntaban a un incremento del poder de la Agencia en el Ministerio.

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