jueves, 25 de diciembre de 2008
España: amnistia fiscal a lo lejos
"El Gobierno se divide ante la idea de una amnistía fiscal" es un articulo publicado el 26-12-2008 , por C.Cuesta/E.S.Mazo, en Expansion (www.expansion.com):
Presidencia ha lanzado el debate. El departamento de Solbes rechaza la posibilidad de aplicar una amnistía. Mientras, CiU y el círculo más cercano a Zapatero la defiende.
Jesús Caldera, desde la Fundación Ideas, y con el mandato de Presidencia del Gobierno de abrir el debate, lanzó la idea de la posible aplicación de una amnistía fiscal (ver EXPANSIÓN del 13 de diciembre). Y apenas dos semanas después se ha convertido ya en uno de los motivos de mayor debate y tensión dentro del Ejecutivo.
La idea contaba desde el primer momento con el apoyo del propio presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero. Y había sido respaldada en parte por el ministro de Industria, Miguel Sebastián, partidario del afloramiento del dinero negro que podría estar oculto en billetes acumulados por las familias (principalmente de 500 y 200 euros).
Caldera desarrolló la idea, centrándola en un plan de captación de dinero procedente de los paraísos fiscales, de forma que los capitales opacos e ilegales pudiesen cruzar las fronteras nacionales sin castigo penal. Además, según el plan de Caldera, podrían disfrutar de un régimen fiscal beneficiado en el momento de entrar en España.
Pero la idea no quedó ahí y ha levantado ya una intensa polémica tanto dentro como fuera del Gobierno. Los últimos debates mantenidos en Presidencia apuntaban ya a una amnistía, tanto para los capitales en el exterior como en el interior. Es decir, un plan de afloramiento general de dinero evadido y negro.
Los últimos estudios sobre economía sumergida elaborados por la Unión Europea aseguran que el volumen de actividad negra en España podría alcanzar el 22% de su PIB, es decir, más de 220.000 millones de euros.
Presidencia ha logrado un apoyo externo. CiU ha sido uno de los primeros que ha puesto manos a la obra en la labor de difundir la idea: un panel de expertos convocado por el partido catalán hace tres semanas ha incluido ya la idea de la amnistía fiscal como un remedio viable frente a la falta de liquidez y la caída de recaudación fiscal (más de un 11% en el año) que sufren las arcas tributarias nacionales. Este foro se nutre, además, de una petición pública lanzada por el Col.legi de Gestors de Catalunya: hacer una emisión de carácter extraordinaria de deuda a bajo interés, durante cuatro años, con el objetivo de aflorar dinero negro. De esta forma, se lograría financiación a bajo coste para ayudar, vía préstamos, a las pequeñas empresas. Una estrategia similar a la empleada por el Ejecutivo también socialista en 1991 (ver información adjunta).
La medida afectaría a dos colectivos adicionalmente: a los inspectores fiscales y al equipo de seguimiento del blanqueo, constituido en el Banco de España bajo el nombre de Servicio de Prevención del Blanqueo de Capitales (Sepblac) y que engloba a personal del Banco, de la Agencia Tributaria y del Tesoro. Fuentes de la Inspección han mostrado ya su rechazo total a una amnistía mientras que, fuentes internas de Economía, han señalado ya que la postura del personal del Banco de España no será distinta.
Dentro del propio Partido Socialista, el debate ha dividido a la formación. Pese al respaldo abierto de Caldera, numerosos colectivos han mostrado ya a la Ejecutiva su rechazo a una medida que beneficiaría a los contribuyentes defraudadores y con mayores recursos de todo el sistema fiscal español, algo que no consideran muy acorde con los supuestos principios del Partido Socialista.
No es algo nuevo para España
No sería la primera vez que se aprueba una amnistía fiscal en España. El último antecedente se remonta, de hecho, a 1991, fase previa a la última recesión y situación más parecida a la actual. Fue entonces cuando Carlos Solchaga, como ministro de Economía, ofreció a los suscriptores de pagarés del Tesoro (ajenos a los ojos de Hacienda) que pudieran regularizar su situación. Las opciones eran dos: la primera, canjear esos títulos por la que llamó Deuda Pública Especial, un activo libre de impuestos y que preservaba la identidad del inversor, aunque de menor rentabilidad.
La segunda alternativa pasaba porque esos suscriptores hicieran declaraciones complementarias por esos pagarés sin sanción. Un movimiento conjunto que permitió aflorar casi 780.000 millones de las antiguas pesetas (4.700 millones de euros) opacos para el Fisco desde 1991. Antes de aquella medida de Solchaga, entre 1977 y 1978, el Estado aprobó una amnistía en el IRPF y en Sociedades, que se basó en regularizar bienes ocultos, como fórmula, en el fondo, para vertebrar un buen funcionamiento del sistema fiscal en los comienzos de la democracia.
Entre una y otra etapa, el Ejecutivo de Aznar acusó al Gobierno saliente del PSOE de realizar una amnistía "encubierta", que, sin embargo, jamás se demostró.El PP denunció que el PSOE perdonó a determinadas empresas pagos por valor de más de 1.200 millones de euros.
domingo, 21 de diciembre de 2008
España: ventajas fiscales para filiales internacionales de matrices españolas
"Regalo fiscal para grupos con filiales en el exterior", articulo publicado el 20-12-08 , por C. Cuesta / E. S. Mazo para Expansion (www.expansion.com):
Los cambios legislativos de urgencia no dejan de llegar ante el temor a la gravedad de la crisis. Tan acelerados como desordenados. Y entre ellos, el Gobierno acaba de pactar con CiU uno de los más reclamados regalos de Navidad de las grandes empresas. Se trata de la eliminación del pago de impuestos por buena parte de los beneficios conseguidos en 2008 por las filiales en el exterior de las mayores compañías nacionales.
La reforma resuelve, así, un más que difícil y amargo trago para las empresas. El cambio de la norma contable asumido este año por las empresas ha supuesto la eliminación de la posibilidad de dotar provisiones por las filiales controladas en el exterior. Estas provisiones eran deducibles, con lo que, al desaparecer la provisión desaparece el incentivo fiscal. Pero se generaba un problema adicional.
En el año 2008 las provisiones siguieron dotándose. Provisiones que, en la mayoría de los casos, no se han utilizado porque el ejercicios se ha saldado, o se terminará de saldar, con beneficios. Y la norma fiscal exige que al deshacer la provisión se haga figurar su importe como un ingreso, es decir, que habría que pagar Impuesto de Sociedades (con un tipo fiscal del 30%) por todo este dinero. Y habría que hacerlo ahora, en medio del agravamiento de los problemas de liquidez de las compañías.
Pacto
La respuesta ha llegado a través de un pacto entre el PSOE y CiU. Y así, «con efectos exclusivos para el primer periodo impositivo que se inicie a partir del 1 de enero de 2008», se podrá deducir [...] «sin necesidad de imputación contable en la cuenta de pérdidas y ganancias, la diferencia positiva» procedente de esas provisiones no utilizadas «siempre que la parte de esa diferencia imputable a periodos impositivos iniciados antes de dicha fecha se corresponda con provisiones fiscalmente deducibles en dichos periodos y que se abonen a cuentas de reservas con ocasión de la primera aplicación del Plan General de Contabilidad» aprobado en 2007 o del «Plan General de Contabilidad de Pymes y los criterios contables específicos para microempresas», también de 2007.
Alivio fiscal
Los expertos consultados por EXPANSIÓN no han tardado en reaccionar a la noticia. Y estiman que el alivio fiscal se acercará a los 2.000 millones de euros, «una cantidad más que considerable en medio de la complicada situación que se está generando», aclaran.
Se trata de la segunda fuente de ayuda al colectivo de empresas con fuerte presencia en el exterior que pactan los grupos socialistas y CiU. El anterior (ver EXPANSIÓN del pasado miércoles) supondrá que las empresas podrán deducirse en España gran parte de las pérdidas de sus filiales en el exterior cosechadas a partir del 1 de enero de 2009.
La ayuda se traducirá en un mecanismo de incentivo fiscal que beneficiará más a quien mayor exposición de riesgo haya asumido en el extranjero, un perfil que corresponde mucho más al de las mayores compañías españolas que a las de tipo medio. La pérdida de valor, de hecho, será deducible «en proporción a la participación».
El cambio permitirá modificar el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, de forma que el actual artículo 12.3 permita que sean deducibles las pérdidas por depreciación de las entidades, siempre que no coticen en un mercado regulado. La deducción, además, no exigirá su reflejo contable en la cuenta de pérdidas y ganancias, puesto que la nueva normativa en materia de contabilidad impide la aparición de este tipo de conceptos como provisión por depreciación de cartera.
El alivio a las empresas con filiales en el extranjero tiene aún más importancia en la débil coyuntura actual, dado que España será el país más dañado por el impacto de la crisis, según el FMI. Las cifras del Banco de España también apuntan en esta dirección: el resultado ordinario neto de las compañías nacionales dentro del país cae a tasas del 3,6%, mientras que los dividendos recibidos de filiales, principalmente extranjeras, explican aproximadamente la mitad del incremento de los ingresos financieros en los últimos dos años.
Las multinacionales españolas están, así, logrando compensar el descenso de su negocio interno dentro del país con un aumento de la actividad exterior, con lo que eliminar el pago de impuestos de buena parte de sus beneficios es un balón de oxígeno en tiempos de crisis. Un reciente estudio del Real Instituto El Cano explica, en concreto, que la facturación de las compañías del Ibex-35 en España creció un 14,4% en la primera mitad del año hasta alcanzar los 107.600 millones de euros, aumento que llegó al 20% en el exterior, hasta alcanzar los 103.100 millones.
De acuerdo con estas cifras, las previsiones apuntan que si se mantiene la tendencia, los ingresos internacionales de las empresas superarán pronto los ingresos en España, mostrando así la del alivio fiscal.
viernes, 19 de diciembre de 2008
Regimen fiscal de Gibraltar, ayudado por el Tribunal de la Union Europea
Articulo aparecido ayer en La Vanguardia (www.lavanguardia.es) titulado "La UE anula la decisión de la CE contra el régimen fiscal de Gibraltar".
Bruselas. (EFE).- El Tribunal de Primera Instancia de la UE ha anulado la decisión de la Comisión Europea de considerar el impuesto de sociedades de Gibraltar, más bajo que el vigente en el Reino Unido, una ayuda de Estado ilegal.
La corte europea considera que Bruselas cometió un error al comparar el sistema fiscal al que están sometidas las empresas del Peñón con el aplicado en el Reino Unido. Los jueces europeos también creen que la Comisión no evaluó adecuadamente la supuesta selectividad de las medidas tributarias. El caso se remonta a 2002, cuando el Reino Unido notificó a Bruselas la reforma prevista por el Gobierno de Gibraltar en relación con el impuesto de sociedades.
La reforma comprendía el establecimiento de tres impuestos aplicables a las sociedades establecidas en el Peñón: una tasa de registro, un impuesto sobre el número de empleados y un impuesto por superficie ocupada; además, la carga por estos dos últimos tributos no podía ser superior al 15 por ciento de los beneficios.
La Comisión dictaminó en 2004 que el sistema constituía un sistema de ayuda estatal incompatible con el mercado común, pues era selectivo desde el punto de vista regional (gravaba a las sociedades gibraltareñas con un tipo inferior al del Reino Unido) y material (pues se favorecía a unas empresas sobre otras y en especial a las que no tenían presencia real en Gibraltar).
El Gobierno de Gibraltar y el Reino Unido interpusieron sendos recursos ante el Tribunal de Primera Instancia solicitando la anulación de la decisión. En su fallo de hoy, la corte señala que la Comisión no debía comparar el sistema tributario de Gibraltar con el británico, ya que el Peñón tiene fiscalidad propia y, por tanto, la posible selectividad de las ayudas (y la posible ventaja injustificada a algunas empresas) ha de determinarse en relación al régimen general gibraltareño.
Los jueces llegaron a esta conclusión tras comprobar que Gibraltar reúne los requisitos establecidos en una sentencia sobre la fiscalidad de las Azores -que clarificó cuando un ente regional puede contar con fiscalidad propia- para dictar sus propias normas tributarias.
En concreto, el Tribunal asegura que Gibraltar goza de autonomía institucional (pues sus autoridades cuentan, desde el punto de vista constitucional, con un estatuto político y administrativo distinto a del Gobierno central del Reino Unido) y de procedimiento (ya que Londres no tiene capacidad de intervención directa en las decisiones adoptadas por el Gobierno del Peñón).
Gibraltar también tiene, según la corte, autonomía económica y financiera, ya que asume las eventuales consecuencias presupuestarias de la reforma fiscal, es decir, que no recibe ayudas o subvenciones procedentes de otras regiones o del Gobierno central para compensar posibles caídas de ingresos.
En cuanto a la selectiva material, los jueces recuerdan que para comprobarla, ha de efectuarse un análisis en tres fases, identificando en primer lugar el régimen común o "normal" aplicable en la zona geográfica pertinente, para después demostrar que la medida en cuestión supone una excepción a ese régimen.
Además, aunque se demuestre la existencia de excepciones al régimen común que tengan como consecuencia una diferenciación entre empresas, puede ser que esa diferenciación no sea selectiva si se deriva de la naturaleza o la estructura del sistema de cargas dentro del que se enmarca.
En ese caso, corresponde al Estado miembro demostrar que las diferenciaciones están justificadas por la naturaleza y la estructura de su sistema fiscal, lo que la Comisión debe, por su parte, verificar.
En el caso de Gibraltar, el Tribunal señala que el ejecutivo de la UE ni identificó previamente ni cuestionó la calificación del régimen común o "normal" del sistema fiscal gibraltareño, por lo que le resultaba imposible demostrar si había elementos de excepcionalidad, si éstos eran selectivos y si estaban justificados.
La sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal de Justicia, sólo por cuestiones de derecho, en el plazo de dos meses.
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jueves, 18 de diciembre de 2008
Eliminar el IVA
Energetico articulo escrito por Xavier Sala i Martín ayer en las páginas de Economía de La Vanguardia, titulado "Eliminar el IVA":
Una de las consecuencias trágicas de la presente crisis financiera es que se ha tirado por la borda todo lo que los economistas han (¡hemos!) estudiado y predicado durante décadas. Parece que ahora vale todo: cualquier político que desee aumentar el gasto, sólo tiene que explicar que la crisis actual se parece a la del 1929, pronunciar la frase mágica "como dijo Keynes" y ¡zas!, ya tiene carta blanca para dilapidar dinero.
¡Sí! Ya sé que los libros de macroeconomía dicen que, durante las recesiones económicas, el déficit fiscal debe aumentar. Y también sé que se asocia esa expansión fiscal a los postulados keynesianos (aunque, en realidad, todos los macroeconomistas, incluso los clásicos, promulgan la contraciclicalidad del déficit público). Lo que los textos no dicen, sin embargo, es que una crisis abre la puerta al dispendio ilimitado e indiscriminado por parte de la clase política. Y es que hay dos maneras de incrementar el déficit: una, aumentar el gasto público y dos, reducir impuestos para que quien amplíe el gasto sea el ciudadano.
¿Cuál de las dos opciones es preferible para luchar contra la crisis? Hay quien dice que la mejor política será la que tenga un mayor "multiplicador" y ejerza un impacto mayor sobre el PIB. Es decir, si aumentar el gasto en 10.000 millones genera un aumento del PIB de 20 y, en cambio, reducir los impuestos en 10 genera un aumento del PIB de 10, entonces dicen que el aumento del gasto es mejor que la rebaja de impuestos. Aunque este razonamiento es común, es incorrecto porque si lo que queremos es generar un aumento del PIB de 20, no hay nada que impida al Gobierno reducir impuestos en 40 para conseguirlo.
Para evaluar qué política fiscal es mejor, hay que analizar dos aspectos clave. Por un lado, la eficiencia: incluso en épocas de crisis, los contribuyentes debemos asegurarnos de nuestro dinero no es derrochado. En este sentido, cuando se le da al Gobierno la posibilidad de gastar, en seguida surgen ministros, diputados, presidentes de comunidad, alcaldes, y todo tipo de malgastadores patológicos que van a encontrar las maneras más pintorescas de despilfarrar nuestro dinero y que van a tomar decisiones, no con criterios de eficiencia económica, sino con criterios políticos y electoralistas (para no ser acusados, por ejemplo, de hacer poco o nada). Eso hace que acaben adquiriendo cosas que no interesan a la gente sino a ellos mismos. Por el contrario, cuando se rebajan los impuestos son los propios ciudadanos los que deciden adónde va a parar el dinero porque ellos son los que lo van a gastar. Según el primer criterio, pues, el recorte impositivo es superior al aumento del gasto público.
El segundo criterio que tener en cuenta es la inmediatez: ¿qué política tendrá un efecto más rápido sobre la economía? La inmediatez es importante porque las recesiones tienen una duración corta y una política fiscal anticrisis que surta efecto después de la crisis es inútil. En este sentido, el aumento del gasto público en infraestructuras (como los 33.000 millones de inversión en transportes y medio ambiente propuesto por el Gobierno español) requiere concursos públicos, adjudicación de obras, escrituras de contratos, negociación de comisiones (legales y de las otras), etcétera. Un proceso largo que fácilmente puede retrasar el gasto en años. Y puede que entonces sea demasiado tarde... a no ser que el Gobierno lleve a cabo precisamente ese plan anticrisis porque piensa que la recesión en España durará... pues eso, ¡años!
Algo parecido pasa con la reducción del IRPF: cuando los ciudadanos se den cuenta de que el Gobierno les va a quitar menos dinero (y probablemente eso no pase hasta junio, cuando hagan la declaración), la crisis ya puede haber terminado.
En cambio, una reducción del IVA no tiene el mismo problema: si mañana a las diez de la mañana se eliminara el IVA, a las diez y un minuto la gente vería que lo que antes le costaba 100 ahora le cuesta 90, por lo que los 10 restantes podrían ser utilizados para comprar otras cosas. Del mismo modo, las empresas que tienen que guardar dinero para pagar el IVA, de repente tendrían recursos para gastar. Una eliminación del IVA, pues, sería una transfusión directa e instantánea de dinero a las venas de la economía. La pregunta es: ¿cómo sabemos que los ciudadanos gastarían los euros resultantes de la rebaja impositiva en lugar de ahorrarlos? Pues la verdad es que no lo sabemos. Por esto mi propuesta de política fiscal sería la eliminación del IVA, pero no la eliminación permanente, sino temporal.
Es decir, se debería anunciar la desaparición del IVA durante el 2009 (o hasta que se acabe la crisis) y su reaparición en el futuro. De ese modo, los precios serán más bajos si y sólo si se gasta en los próximos meses.
Eso induciría a los ciudadanos a gastar ahora, que es cuando se necesita. Resumiendo, tanto el argumento de la eficiencia como el de la inmediatez sugieren que la mejor política fiscal para luchar contra la crisis es la reducción o eliminación temporal del IVA.
El problema práctico que comporta eso es que la Unión Europea obliga a sus miembros a mantener un IVA mínimo del 15%, por lo que la decisión se tiene que tomar en Bruselas. Pero bueno, quizá ha llegado el momento de que todos los mandarines europeos demuestren que no sólo son chupópteros del dinero ajeno que viven en el cementerio de elefantes políticos y tomen, por fin, una decisión útil y valiente que puede contribuir a amortiguar la crisis: eliminar temporalmente el IVA.
domingo, 14 de diciembre de 2008
España: amnistia para los paraisos fiscales?
"Caldera pide amnistía para los paraísos fiscales", articulo publicado el 13-12-08 , por M. Tejo en Expansion (www.expansion.com):
"Excellent!". Con este énfasis relataba ayer el vicepresidente ejecutivo de la Fundación Ideas para el Progreso, Jesús Caldera, la reacción que tuvo el Premio Nobel Joseph Stigliz al leer una de las propuestas anticrisis que el núcleo intelectual del PSOE quiere agitar en España. Se trata de introducir un "proceso de regularización tributaria" para acabar con los paraísos fiscales en 2015. La propuesta pasa por despenalizar los capitales que abandonen estos edenes financieros, a la vez que se les permite tributar a un nivel inferior al legal.
Todo esto se justifica, según Caldera, por un fin altruista: los fondos aflorados se destinarán a reducir a la mitad la pobreza del mundo. En la práctica, el proyecto, que forma parte del informe Nuevas Ideas para Mejorar el Funcionamiento de los Mercados Financieros y la Economía Mundial, supone una suerte de amnistía, aunque a Caldera este término no le parece "adecuado". "No es una amnistía, porque [los inversores] seguirán pagando impuestos. Además, el fin último es bueno", explicó el ex ministro.
Zapatero acudió a la cumbre del G-20 con las propuestas económicas de la Fundación de Caldera
Según la OCDE, los paraísos fiscales acumulan un patrimonio privado de casi un trillón de dólares, cinco veces más al de hace dos décadas. Los Estados que los albergan tienen más de un millón de sociedades amparadas en el anonimato, lo que según el FMI ha permitido a estos territorios copar una cuarta parte de la riqueza mundial. Belice, Chipre, las isla Caimán y Gibraltar, por ejemplo, forman parte de la lista de paraísos elaborada por la OCDE.
El informe de la plataforma del PSOE, que ha contado con las aportaciones de dieciocho expertos y académicos "de todas las sensibilidades", da incluso un paso más allá.
Junto con la defensa de un gravamen especial para todo movimiento de fondos que tenga "como origen o destino" un paraíso fiscal, justifica que no se reconozca "personalidad jurídica" a las sociedades allí erradicadas para intervenir en el tráfico mercantil español.
Además, Ideas aboga por "prohibir que las entidades bancarias españolas tengan filiales o sucursales en dichos territorios". A nivel europeo, la reclamación se agudiza, pues busca suprimir del secreto bancario y establecer "medidas severas de aislamiento" financiero a los Estados que no quieran colaborar. Los bancos de Suiza, Uruguay o las islas Barbados están alineadas con esta regla, que impide revelar información privada sobre los clientes.
Ideas pretende crear agencias públicas de ráting que evalúen a todas las empresas privadas
El documento que, según Caldera, acompañó al presidente de Gobierno a la cumbre del G-20 en la que se le dejó estar presente a España bajo bandera francesa, el pasado noviembre, parte de que el mundo necesita un nuevo "paradigma", dado que "la ideología neoliberal" supuso, según los autores, que el principio de autorregulación mudara en "ausencia de regulación".
Desde esta óptica, apuesta por dar un mayor protagonismo al Estado, que podría dirigir sus tentáculos hacia las agencias de calificación.
Según los técnicos, éstas deberían ser más "independientes y objetivas". ¿Cómo? "Sometiéndose a supervisión, en incluso competencia, de las agencias públicas", señala el informe.
Caldera defiende que las actuales agencias de calificación estén "sometidas" a las públicas
Dos mandamientos financieros: prohibir las inversiones "distorsionadoras" en materias primas y limitar el apalancamiento de las entidades financieras
"Permitimos a las entidades financieras crecer demasiado (tanto que no podíamos permitir su colapso) lo que contribuyó a a la asunción excesiva de riesgos". Éstas son las únicas líneas que el informe económico de la Fundación Ideas, promovida por el PSOE, reserva para entonar el mea culpa de los gobiernos en la crisis financiera.
Al margen de este paréntesis, el equipo de técnicos pilotados por Caldera afirma que debe reconocerse la "legitimidad del Estado" para jugar un papel activo en la revisión y mejora de la regulación financiera.
Y de la teoría a la práctica. La Fundación defiende la necesidad de introducir límites al apalancamiento (financiación) de las entidades financieras para que los bancos no puedan endeudarse de forma "excesiva" poniendo en riesgo a toda la economía. Como guiño al sector, abogan por dar preferencia al acceso a "contratos y/o avales públicos" a las entidades financieras que hagan públicas sus políticas de buen gobierno corporativo.
Los técnicos piden una reforma del sistema retributivo de los directivos y limitar los blindajes
Otra de las propuestas pasa por "prohibir" las inversiones financieras "distorsionadoras en materias primas" que, en su opinión, han generado problemáticas burbujas de precios de los alimentos o del petróleo.
Otro de los puntos que más críticas centra es el apartado de remuneraciones de los directivos. En opinión de los expertos, deben estar "relacionadas con la creación de valor a medio plazo" y sus indemnizaciones ligadas a las causas del despido. Defienden aumentar las ventajas fiscales de las que gozan los planes generales de entrega de opciones sobre acciones o participaciones a los empleados o, en su caso, "dejar exentas de tributación las rentas producidas por estos títulos para el trabajador".
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viernes, 12 de diciembre de 2008
España: ventajas para la internacionalizacion, pese a Hacienda
"Golpe al deseo de Hacienda de exigir 2.000 millones a grandes exportadoras", articulo publicado el 11-12-08 , por C. Cuesta / E. S. Mazo en Expansion (www.expansion.com):
La Agencia Tributaria contaba ya con obtener cerca de 2.000 millones de euros adicionales. Debían proceder de una gran actuación inspectora: la que anulaba en la práctica la gran mayoría de las deducciones por exportación aplicadas por las grandes empresas españolas.
Pero se ha encontrado con un serio obstáculo. Una resolución del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC), a la que ha tenido acceso EXPANSIÓN, acaba de asegurar que la Inspección «niega el derecho a la deducción por considerar que la inversión realizada en la constitución de filiales en el extranjero y adquisición de participaciones en sociedades extranjeras no está directamente relacionada con la actividad exportadora [...].
La resolución del Tribunal abre una importante vía de defensa legal frente a Hacienda
Sin embargo, la Inspección [...] está manifestando una apreciación subjetiva, carente de sustento legal, pues la ley exige una relación causal entre inversión y exportación, pero no que la exportación constituya el fin principal de la misma».
Algunas de las mayores empresas con fuerte implantación en el exterior han recibido actas en 2008 por culpa de esta contienda fiscal. «Mientras el deterioro de las ventas al por menor, con caídas superiores al 7%, ha llevado a muchas de las compañías a confiar en el exterior como tabla de salvamento frente a la crisis, la Agencia Tributaria ha decidido apretar las tuercas», señala uno de los directivos de una de las compañías exportadoras.
La internacionalización de las compañías se ha convertido, de hecho, en uno de los mecanismos de diversificación de riesgos y beneficios de las mayores entidades nacionales (Telefónica, Repsol, Endesa o Fenosa entre otras).
El punto de pelea entre las empresas y el Fisco por las deducciones por actividades de exportación en el Impuesto sobre Sociedades (que llegaron a ser de un 25% de los gastos ocasionados) partió de una circular de la Agencia –ver EXPANSIÓN de 3 de julio de 2008–.
El organismo antifraude señalaba en ese documento que «la mera implantación de empresas españolas en el extranjero no supone necesariamente una actividad exportadora [...] la mera implantación de empresas españolas en el extranjero, sin que exista una vinculación a la actividad exportadora, no es merecedora de la deducción por actividades exportadoras».
La resolución actual del TEAC rechaza ese planteamiento. Fuentes jurídicas consultadas destacan que el criterio, aunque podría ser cambiado en posteriores resoluciones, abre una importante vía de defensa legal frente a Hacienda.
Pero, además, la resolución en favor de las empresas tiene otro punto de interés. Se trata de una de las últimas que se emitió estando aún en su cargo el anterior presidente del Tribunal Económico Administrativo Central, Eduardo Abril.
La fecha de debate («fecha de sala») de esta resolución es de abril de 2008, cuando el cese de Abril se publicó en el BOE del 23 de mayo. La salida de Abril, de hecho, fue acompañada de versiones que apuntaban a un incremento del poder de la Agencia en el Ministerio.
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domingo, 7 de diciembre de 2008
España: La Agencia Tributaria entra 2 veces al dia en su vida
"La Agencia Tributaria entra en su vida dos veces al día", articulo muy interesante publicado el 06-12-08 , por J. J. Marcos en Expansion (www.expansion.com):
No descansa ningún día del año. No tiene ninguna hora libre. Todos los días procesa 80 millones de datos y transacciones económicos. Es el Gran Hermano fiscal, la red informática de la Agencia Tributaria (AEAT), un referente a nivel mundial en la lucha contra el fraude.
Dado que en España hay algo menos de 42 millones de contribuyentes (incluyendo grandes empresas y actividad aduanera), todos los días cualquiera de los pagadores a la Administración aparece dos veces en estos ingenios informáticos. No es de extrañar que a las máquinas y aplicaciones de Hacienda las bauticen con nombres de conquistadores.
Una de ellas, Orellana, aglutina en un solo punto todas las conexiones de Internet de la AEAT y hace que, hasta la fecha, sea una de las pocas administraciones que nunca ha sucumbido a un ataque hacker. No está muy claro lo que pensaría el aventurero extremeño de esta aplicación pero, gracias a su protección, Hacienda no descansa.
Es la primera administración del mundo que asume la información del IVA mensualmente
Durante la jornada laboral, las operaciones suelen ser las habituales: declaraciones de la renta, consultas, domiciliaciones fiscales... Después, la máquina realiza cruces de información en busca del fraude. No para. Realiza unas 12.000 de estas investigaciones al día. Cada vez más ajustadas.
Y es que el Gobierno ha adquirido ordenadores que dan titubeantes pasos en la inteligencia artificial. El sistema aprende, busca pautas de comportamiento en las personas que no declaran correctamente y afila sus inspecciones. Para ello, cuenta con datos de tarjetas de créditos, compras de activos, amarres de barcos, matriculaciones de coches y un interminable etcétera.
La AEAT también se ha pertrechado con una serie de robots que aceleran el tiempo de respuesta a tiempos que fraccionan en mucho el segundo.
La sede central de todo este entramado está ubicada en la calle Santa Magdalena de Madrid. Los 3.000 metros cuadrados de la tercera planta actúan como un cerebro de dimensiones titánicas desde donde se controla a unos 26.000 funcionarios de 500 oficinas distribuidas por toda España.
El edificio cuenta con protecciones sorprendentes. Recibe suministro de dos compañías eléctricas diferentes, con dos conexiones telefónicas separadas. "Hay que evitar el efecto excavadora", señala el subdirector de Explotación de la Agencia, José Luis Arufe, en referencia a accidentes y averías externos.
Además, la instalación tiene conexiones constantes y seguras con todas las entidades financieras, las administraciones con relación con los tributos y las aduanas, entre otros. Más aún, a 20 kilómetros, hay una réplica exacta de los ordenadores de la Agencia para que no se pierda información alguna.
En total, Hacienda acumula 3.500 millones de datos de sus contribuyentes. La información almacenada es la de unos 1.000 terabytes, una unidad de medida que viene del griego tera (monstruo) y que equivale a 10 elevado a la duodécima potencia. "Es como 400 millones de volúmenes de biblias que caben en menos de una habitación", estima Arufe.
Esta cantidad se va a ver exponencialmente aumentada. La caída en la recaudación que ha traído consigo la casi recesión española ha hecho que la inspección del fraude recobre importancia. El Fisco tendrá que controlar, por ejemplo, todos los depósitos en efectivo de cualquier entidad financiera a partir de 3.000 euros. La cantidad de información generada es imponente. Sin embargo, en la AEAT la desdeñan. "Lo que nos preocupa es la devolución mensual del IVA", añade el responsable informático de la Agencia.
Esta nueva operación, que aseguran que ningún país del mundo se ha atrevido a realizar, requerirá que se analicen un máximo de 17.000 millones de facturas al mes. Hacienda afirma que está preparada. "Es como en El Principito, somos una boa que se puede tragar un elefante", teorizó. A fin de cuentas, según las estimaciones de su personal, cada año la cantidad de información aumenta a un ritmo del 30%.
Desde la AEAT consideran que el grado de eficiencia alcanzado no es cuestión de la inversión de un año puntual, sino del acumulado desde finales de los años 70 en este sentido. De momento, se grata de la Agencia con mayor presupuesto del Gobierno. Para 2009 tiene dotados 1.208,98 millones. Eso sí, un 3% menos que en el presente ejercicio.
También tiene previsto el traslado de la sede a un edificio exclusivo, diseñado ex profeso para albergar este tipo de maquinaria pesada. La idea era que el traslado fuera en 2012, aunque "ahora, con la crisis, no se sabe", añade Arufe.
Menos personal, más recaudación
Los esfuerzos de la Agencia Tributaria contra el fraude se centran cada vez más en las grandes tramas, según destaca la última memoria del organismo, donde se detecta una reducción de la plantilla en 82 personas. La memoria constata que las inspecciones de contribuyentes investigados por los mecanismos selectivos tradicionales han pasado de 33.150 a 25.670. De este modo, las grandes tramas distraen el Gobierno del control de los asalariados (ver EXPANSIÓN del 13 de septiembre).
Al mismo tiempo, al defraudador detectado se le impone mayor cantidad de multas, al menos según los datos de la cantidad económica recaudada. Para 2009, la previsión que tiene la AEAT es la de recaudar 5.900 millones, un 3% más, aunque estas cifras se dieron antes de que el Gobierno aprobara las nuevas medidas antifraude.
jueves, 4 de diciembre de 2008
España: hipocresia de los bancos en torno a los paraísos fiscales
"Anticorrupción denuncia la “hipocresía” de la banca en torno a los paraísos fiscales", articulo publicado el 03-12-08 , por María A. Caro / B. A. en Expansion (www.expansion.com):
La Fiscalía Anticorrupción ha centrado su atención sobre la posición de la banca en las operaciones de fraude fiscal. El titular de la Fiscalía Anticorrupción, Alejandro Luzón, afirmó ayer en el IV Foro Antifraude organizado por KPMG y celebrado en Madrid, que las entidades bancarias facilitan sus “clientes preferentes” el depósito de su dinero en paraísos fiscales y que existe una “hipocresía” en torno a los territorios exentos de impuestos.
El foro, denominado La Instrucción Judicial en Procedimientos por Delitos Complejos, reunió a varios expertos sobre la cuestión, que destacaron las carencias de nuestro sistema en la persecución del fraude.
Luzón reconoció que la lucha contra el crimen económico está “abocada al fracaso” y afirmó que la dificultad en la búsqueda de información de estos delitos es extrema. De igual forma destacó, dejando entrever el papel de los bancos en la ocultación del dinero, que la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales obliga a los bancos a mantener durante seis años toda la información y que aunque los bancos alegan que destruyen la información transcurrido ese tiempo, Anticorrupción ha comprobado que no es así.
Aumentar el control
El fiscal insistió en que es preciso que los organismos reguladores aumenten el control y que los territorios offshore “se conviertan en cooperantes y aporten información cuando se trata de un delito de gravedad”.
En cuanto a la evolución de los delitos económicos, destacó que ha sido tal que ahora habría que hablar de la existencia de “una economía del crimen”, fundida en la economía globalizada que unifica las prácticas legales e ilegales, estando la posibilidad de ocultar fondos al “alcance de cualquiera”.
En este mismo foro, el instructor del ‘caso Malaya’ y actual titular del Juzgado de lo Penal número 5 de Granada, Miguel Angel Torres, se mostró partidario de crear juzgados especializados en delitos económicos fuera de la Audiencia Nacional, con jueces, fiscales y funcionarios con una “cualificación específica”.
El juez Torres apuntó que anteponer el embargo de bienes frente a la privación de libertad sería “más provechoso” para la sociedad. Por otra parte, también aprovechó su turno para alertar de la “insuficiente” regulación existente en España del secreto de las actuaciones, así como del escaso desarrollo de instrumentos tan relevantes como la regulación de los arrepentidos, la protección de testigos y la “alarmante” normativa sobre intervenciones telefónicas.
Por otro lado, el socio director responsable de Forensic en Europa, Oriente Medio y África de KPMG, Pablo Bernad, resaltó la importancia de la prueba pericial en este tipo de delitos en apoyo a las tesis de la fiscalía o de los abogados defensores. El experto destacó la importancia en este ámbito de la tecnología forense.
En este sentido, Bernad también apuntó que muchas veces se observa que tanto jueces como fiscales carecen de los conocimientos técnicos y no están familiarizados con la tecnología financiera.
Las necesidades de nuestro sistema
- Según el fiscal Anticorrupción, Alejandro Luzón, los bancos no cumplen con la obligación de conservar la información de sus clientes y destruirla transcurridos seis años.
- El fiscal insistió en la necesidad de que los territorios offshore “se conviertan en cooperantes y aporten información cuando se trate de un delito de gravedad”.
- El juez Torres, instructor del ‘caso Malaya’, pide que haya juzgados especializados en delitos económicos fuera de la Audiencia Nacional.
- Es insuficiente la regulación española sobre el secreto de las actuaciones judiciales y hay un escaso desarrollo de instrumentos como la figura del arrepentido, la protección de testigos o la “alarmante” normativa de intervenciones telefónicas.
- Es más provechoso para luchar contra la corrupción la medida del embargo de bienes frente a la de privación de libertad.
- La prueba pericial es muy relevante en este tipo de delitos en apoyo a las tesis de la Fiscalía o de los abogados defensores.
martes, 25 de noviembre de 2008
España: tributacion del holding familiar
"La creación del hólding familiar para organizar mejor la empresa no tributa", articulo publicado el 24-11-2008 , por Diego Torres en Expansion (www.expansion.com):
La Administración reconoce expresamente que los procesos de organización familiar alrededor de la empresa (como la creación de protocolos familiares) son un motivo económico que afecta al negocio y no sólo a la familia, por lo que ampara la aplicación del régimen de neutralidad fiscal.
Los propietarios de una empresa familiar en plena reorganización podrán dormir más tranquilos a partir de ahora. La Inspección Fiscal lo va a tener más difícil para gravar operaciones como fusiones o canje de activos en este tipo de firmas después de dos consultas vinculantes emitidas por la Subdirección General de Impuestos sobre las Personas Jurídicas que abordan el concepto de neutralidad fiscal.
Este principio, recogido, entre otras normas, en el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (TRLIS), implica que las fusiones, escisiones, aportación de activos, canje de valores y cambio de domicilio social no están gravadas si cumplen una serie de requisitos, fundamentalmente que la operación tenga un sustrato económico, es decir, que se haga básicamente para que la empresa funcione mejor.
El problema es que la Inspección fiscal estaba interpretando de una forma muy restrictiva estos condicionantes y giraba liquidaciones sustanciales –se grava la diferencia entre el valor de mercado en el momento de la operación y el valor a que se compraron los títulos– después de que los propietarios hubieran efectuado la reorganización.
Concretamente, la Inspección no aplicaba el principio de neutralidad fiscal cuando se quería organizar mejor la toma de decisiones a través de un holding, puesto que interpretaba que esto era un beneficio para los socios, no para la empresa. La Audiencia Nacional ya tuvo que frenar en su momento este tipo de actuaciones por parte de la Administración, como adelantó EXPANSIÓN el 7 de julio.
El criterio es el siguiente: “El fundamento del régimen especial [neutralidad fiscal] reside en que la fiscalidad no debe ser un freno ni un estímulo en las tomas de decisiones de las empresas sobre operaciones de reorganización cuando se sustenta en motivos económicos válidos, en cuyo caso la fiscalidad quiere tener un papel neutral”. Pero la aplicación deberá ser ahora más amplia, por cuanto la Administración reconoce que la mejor organización de la familia alrededor de la empresa es un “motivo económicamente válido”.
Por el contrario, afirma la Administración, “cuando la causa que motiva la realización de dichas operaciones es meramente fiscal, no se aplica el régimen especial”.
Las dos consultas vinculantes se refieren a supuestos típicos en compañías familiares: por un lado, la creación de un holding entre las diversas firmas, propiedad todas de la misma familia; por otro, una reestructuración.
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El Reino Unido rebaja el IVA
La rebaja del IVA en el Reino Unido es cubierta por la Vanguardia (www.lavanguardia.es) en su articulo "El Reino Unido rebaja el IVA del 17,5 al 15% para estimular el consumo" de la siguiente forma:
La medida forma parte de un plan valorado en 23.500 millones de euros para reanimar la economía británica | Aumenta hasta el 45% del tope fiscal para quienes tengan ingresos anuales superiores a los 176.400 euros a partir de 2011 | Darling rebaja la previsión de crecimiento del PIB para 2009 que disminuirá entre el 0,75 y el 1,25 por ciento
Londres. (EFE).- El Gobierno británico anunció una rebaja inmediata del IVA dentro de un plan de estímulo fiscal de 20.000 millones de libras (23.500 millones de euros) para impulsar la economía nacional, que entrará en recesión a finales de este año.
El ministro de Economía, Alistair Darling, expuso la iniciativa ante el Parlamento durante la presentación de los presupuestos preliminares del Estado para el curso 2009-2010, muy esperados en esta ocasión debido al azote de la actual crisis económica.
El llamado "Chancellor of Exchequer" subrayó que se trata de un "exhaustivo plan" para responder a los efectos de "una crisis global sin precedentes". "Estos son tiempos extraordinariamente desafiantes para la economía internacional", subrayó Darling ante una abarrotada Cámara de los Comunes.
Flanqueado por el primer ministro, el laborista Gordon Brown, el titular de Economía precisó que los 20.000 millones de libras representan el 1 por ciento del Producto Interior Bruto (PIB).
Entre las medidas planteadas por Darling destaca una rebaja del IVA (impuesto sobre el valor añadido) de un 2,5 por ciento, hasta el 15 por ciento, a partir del próximo 1 de diciembre.
En la práctica, esa reducción impositiva, indicó el titular del ramo, generará 12.500 millones de libras (14.700 millones de euros) que engrosarán los bolsillos de los consumidores y que el Ejecutivo espera que sirvan para dinamizar la alicaída economía.
Ese "recorte temporal", como lo definió el ministro, se aplicará durante los próximos trece meses, toda vez que se espera retornar al nivel actual del 17,5 por ciento a principios de 2010, cuando el Gobierno laborista vaticina una recuperación económica.
A fin de compensar el coste de la rebaja del IVA, el Ejecutivo aplicará, entre otras medidas, el aumento, hasta el 45 por ciento a partir del 2011, del tope fiscal para quienes tengan ingresos anuales superiores a las 150.000 libras (176.400 euros).
Ese nuevo tope fiscal está condicionado a que el Partido Laborista gane las próximas elecciones generales, previstas para el 2010 como muy tarde.
Además, ese alza de la carga fiscal significa, según los observadores políticos, romper la promesa que hizo el Nuevo Laborismo del ex primer ministro Tony Blair al llegar al poder en 1997 de que no castigaría con mayores impuestos a quienes más ganan.
Sin embargo, Gordon Brown resaltó hoy que "los momentos extraordinarios requieren medidas extraordinarias", en un discurso pronunciado ante el congreso anual de la patronal británica.
Darling también adelantó que la rebaja del IVA habrá que pagarla con futuros aumentos del gravamen de la gasolina, el alcohol y el tabaco (productos afectados por el impuesto sobre el valor añadido) y con el incremento del 0,5 a partir de abril de 2011 de la contribución de los empleadores y empleados a la seguridad social.
De manera inevitable, la menor recaudación contribuirá a elevar la deuda pública, que este año se doblará hasta 78.000 millones de libras (91.700 millones de euros), y en 2009 alcanzará la cifra récord de 118.000 millones de libras (207,6 millones de euros).
El plan incluye, asimismo, ayudas para las pequeñas empresas y los ciudadanos obligados a pagar una hipoteca, así como el adelanto del pago de pensiones y de subsidios a familias de bajos ingresos.
En cuanto a la evolución de la economía, el ministro rebajó la previsión de crecimiento para 2009 del PIB, que disminuirá entre el 0,75 y el 1,25 por ciento, frente al 2,75 por ciento estimado inicialmente.
Tras la declaración de Darling, el portavoz de Economía del Partido Conservador, George Osborne, advirtió de que el plan provocará un gran endeudamiento del Estado y creará una "enorme bomba fiscal" que podría estallar en la "próxima recuperación económica". "Ésa es la factura de una década de irresponsabilidad del Laborismo", espetó Osborne.
Desde el Partido Liberal Demócrata, su portavoz de Economía, Vince Cable, vio insuficiente el recorte del IVA para estimular el consumo y consideró "más sensato" ayudar a "trabajadores con sueldos bajos mediante la reducción del gravamen de sus ingresos".
El paquete gubernamental fue bien acogido por la Bolsa de Valores de Londres, que cerró con una subida de cerca del 10 por ciento.
lunes, 24 de noviembre de 2008
REITS españoles
"Hacienda impulsa los Reits", articulo publicado el 23-11-2008 , por Expansión.com:
El nuevo borrador del anteproyecto de ley que regula las sociedades cotizadas de inversión inmobiliaria, conocidas como SOCIMI (REIT por sus siglas en inglés), introduce importantes cambios para estimular su constitución, como la posibilidad de poder alcanzar participaciones superiores al 5% y la exención de tributar por la obtención de dividendos.
Estas y otras modificaciones introducidas por el Ministerio de Economía y Hacienda en el borrador redactado en octubre, de acuerdo con las aportaciones del sector, tratan de asegurar un efectivo desarrollo de estas sociedades como instrumento de impulso del mercado de arrendamientos de inmuebles.
El borrador del anteproyecto de Ley establece que toda SOCIMI debe tener como objeto social invertir en bienes inmuebles urbanos para alquiler
Por lo pronto, el nuevo texto "abre la mano" a la participación eliminando el límite del 5% en las participaciones por socio, dando así entrada a socios mayoritarios, así como la obligación de tributar por los cobros de dividendos. Por el contrario, estas sociedades ya no podrán estar exentas de tributación, aunque lo harán al 18% por el Impuesto sobre Sociedades, por debajo del 30% del tipo general.
Así pues, la nueva configuración de las SOCIMI rompe algunas de las reglas que venían caracterizando a este tipo de sociedades en otros países donde ya están instaladas, ya que habitualmente cuentan con límites de participación y están exentas de tributación.
Requisitos
Por lo demás, el borrador del anteproyecto de Ley establece que toda SOCIMI debe tener como objeto social principal la inversión en bienes inmuebles de naturaleza urbana para su arrendamiento y debe cumplir una serie de requisitos.
Entre ellos incluye que el 85% de los ingresos, excluidos los derivados de la transmisión de las participaciones y de los bienes, deberán provenir del arrendamiento de viviendas y de dividendos. Asimismo, deberán distribuir al menos el 90% de los beneficios en forma de dividendos a sus accionistas y al menos un 50% de las plusvalías por la venta de inmuebles y participaciones.
Además, los bienes adquiridos por la sociedad deberán ser en propiedad. Concretamente, se establece que estas sociedades deberán tener invertido, al menos, el 85% del valor del activo en bienes inmuebles de naturaleza urbana en alquiler.
Por último, el texto indica que las SOCIMI deberán tener un capital social mínimo de 15 millones de euros, mientras que la deuda que podrán contraer no deberá ser superior al 60% del activo de la entidad.
sábado, 22 de noviembre de 2008
Inspeccion fiscal latinoamericana sobre empresas españolas
"Latinoamérica estrecha el cerco de la inspección sobre las empresas españolas", interesante articulo publicado el 21-11-08 , por D. Gracia, en Expansion (www.expansion.com):
Los grandes destinos de la inversión española en América Latina han dado un giro de tuerca a la presión tributaria. "Las autoridades fiscales están tomando posiciones muy restrictivas frente a los contribuyentes y, en especial, los grandes grupos empresariales en Brasil, México, Argentina o Venezuela", asegura Carlos Gabarró, director de fiscalidad internacional de Ernst & Young abogados.
El refuerzo de los impuestos indirectos, la formalidad de los controles de Hacienda y la mayor presión fiscal sobre las operaciones financieras puede llegar a entorpecer el desembarco de grandes grupos en la región, según los más de 70 directores fiscales de grandes empresas y miembros de la Agencia Tributaria que acudieron al Primer Seminario para Responsables de Impuestos organizado por Ernst & Young Abogados en Valencia.
Brasil aplica unas reglas sobre precios de transferencias distintas a las de la OCDE
Santiago Chacón, senior manager del despacho para América Latina, matiza que el objetivo de muchos países ha sido "mejorar la seguridad jurídica y hacer un entorno fiscal más claro para el inversor". Sin embargo, "la frontera" entre una mejor regulación y las barreras de entrada no se han valorado siempre bien.
Es el caso, por ejemplo, de los impuestos sobre las transferencias bancarias en Argentina o Brasil. El Gobierno de Buenos Aires ha reforzado la inspección sobre las estructuras de financiación y los prestamos realizados por sociedades vinculadas desde el exterior.
El objetivo era evitar grandes operaciones especulativas, pero Chacón cree que se está llevando "al extremo". Por ejemplo, la ley obliga a las empresas que realicen préstamos a depositar una cantidad fija en el Banco Central de Argentina durante un año sin recibir a cambio intereses.
En el caso de Brasil, las autoridades han tenido que modificar el IOF "impuesto sobre las transacciones financieras" porque se ha convertido en una barrera para la inversión internacional en la situación de crisis actual.
La presión sobre las operaciones financieras ha crecido en los últimos años
Gabarró y Chacón constatan que el mayor problema de Brasil es su prolija tributación indirecta. El federalismo fiscal del país (formado por tres niveles de administración tributaria) ha dado lugar a una extensa gama de impuestos.
Además, las autoridades brasileñas han tomado una posición excesivamente formalista con la inspección de los precios de transferencias. Sus convenios de doble imposición con otros países incluyen cláusulas OCDE sobre precios de transferencia, sin embargo, Brasil aplica unas reglas propias.
Estructuras más complejas
"Los inversores deben muy bien su análisis antes de instalares en los países y establecer la forma en la que lo van a hacer", explica Gabarró. Grandes economías de la región como México lanzaban todos los años un paquete de modificaciones fiscales con clara incidencia en la estrategia empresarial.
En 2009, el Gobierno mexicano ha decidido dar un paréntesis a esta práctica habitual. No obstante, el Impuesto de Empresarial a Tasa Única (IETU) está generando problemas a las empresas un sólo año después de su entrada en vigor.
El Ejecutivo de Felipe Calderón creó el IETU para limitar las estructuras planificación fiscal agresivas que, en su opinión, cometían los grandes contribuyentes del Impuesto de Sociedades. De hecho, gracias a éste y a la acción más "agresiva de Hacienda" "la inspección busca arreglos rápidos, sin juicio, que incluyen amenazas penales" México ha conseguido mejorar la recaudación total.
En cambio, el IETU tiene muchas limitaciones a la hora de deducir pérdidas de ejercicios anteriores, gastos financieros, salarios, etc. El resultado es que, a pesar de tener un tipo impositivo más bajo, la base tributaria es más alta que en Sociedades "que sólo grava los beneficios". Una barrera importante para empresas, por ejemplo, de infraestructuras o constructoras, las cuales deben hacer frente a costes de financiación relevantes para instalarse, comenta Gabarró.
No obstante, este experto insiste en que, a pesar de todo, España ha conseguido situarse como uno de los países más atractivos para enfocar la inversión hacia Latinoamérica, gracias a su amplia red de convenios de doble imposición.
jueves, 20 de noviembre de 2008
Escape to Latin America
There is a very interesting post from 19 November 2008, called "You Don’t Know Until You Go!", from www.QWealthReport.com:
"It’s a few weeks since my last blog entry, and the reason for this is that I have been travelling in Latin America with a small group of investors – concerned privacy-minded and freedom loving individuals who are concerned about how our financial and personal freedoms are being gradually eroded. We had an interesting ten day trip starting in Panama City then taking in Paraguay and Brazil.
When I talk about “concerned individuals” what I really mean is that if and when things get worse in the western world – in terms of financial and political restrictions - it’s important to be prepared. An established business or residence presence in one of the more remote corners of the world will be a great fallback or hedging position. Even a second passport or citizenship might be your ultimate goal.
You might be surprised to learn that Paraguay scores highly on all this – a free society, no personal income taxes and an economy that is completely self sufficient with plenty of fresh water and clean, green power. In fact Paraguay is the world’s largest exporter of hydro electricity, and one of the highlights of the trip was a visit to the Itaipu Binacional hydro-electric power plant – the largest in the world, and an incredible feat of engineering and international co-operation. We also visited the spectacular Iguassu Falls, one of the seven wonders of the natural world.
But the most important thing I think we all learned from this trip was the importance, even in this internet age, of actually getting on a plane and seeing things for yourself. We all know the comfort of familiar places and people, but that often also comes with a feeling of frustration, a feeling that we are not in full control of our lives as we should be. On the other side, we all have a natural fear of the unknown. This internal fear is perpetuated by the mainstream media. But by confronting and overcoming it we can open up a whole new world of opportunities.
For example, one of our delegates, a successful UK businessman, said TV and press coverage had led him to believe he would find machete-wielding individuals a mile or two from the financial district of Panama City. But by going there and getting a feel for the place by visiting local and expat-owned internet businesses, he found instead that it’s a great place to do business. Now he is making plans to move his operating base down there instead.
Here at The Q Wealth Report our business for over a decade has been writing about not just how to preserve your assets offshore, but how to create wealth and develop opportunity by actually living offshore. As a famous offshore author once said, “You don’t know until you go.” The instability in the world right now means that you truly need to know about safe places and new opportunities. Right now would be the time to start, and here on lowtax.net you will find a lot of information to begin your quest."
Peter Macfarlane is joint editor of The Q Wealth Report an established newsletter dedicated to informing readers about creating, protecting and growing wealth in a secure offshore environment. It also covers international living, banking, retiring and investing. Visit www.QWealthReport.com to see more.
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España: Hacienda solo cobra el 10%
"Los técnicos de Hacienda afirman que la Agencia tributaria sólo cobra uno de cada diez euros pendientes de cobro", articulo publicado el 19-11-2008 , por Expansión.com:
La Agencia Tributaria sólo consigue ingresar poco más de la décima parte de las deudas que gestiona anualmente, con lo que el importe de las deudas que no recupera es "muy superior" al de liquidaciones efectivamente ingresadas, hasta el punto de que por cada euro que ingresa la Hacienda Pública al año, viene a perder casi dos, según un informe elaborado por el Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha).
El informe de Gestha, que se presenta en Valladolid durante su VIII Congreso Nacional, muestra que apenas un 13% de las deudas canceladas en los últimos dos años fueron por ingresos directos fruto de la lucha contra el fraude, mientras que el resto respondió a otras causas como insolvencia, prescripción y anulación por Tribunales Económico-Administrativos (TEA) y judiciales a favor del contribuyente que debía dinero al Fisco.
En este sentido, destaca que los TEA, que dependen de la propia Hacienda, discrepen en casi un 40% de los casos del criterio de los órganos de gestión de la Agencia Tributaria, lo que puede apuntar a la "deficiente calidad" de las liquidaciones reclamadas y que responden a la necesidad de "generar compulsivamente nuevas liquidaciones para cumplir los objetivos marcados, con menoscabo de su calidad, y no tanto a un objetivo real de ingreso y de eficacia".
Según Gestha, los ingresos directos percibidos por la Agencia Tributaria por actuaciones de control del fraude representan un porcentaje "residual" de la recaudación global de impuestos, ya que apenas alcanzaron en los últimos dos años un 1,8% de la recaudación global obtenida.
De acuerdo con el informe, el importe de las deudas pendientes de cobro de los últimos tres años supone casi dos tercios del total de las deudas gestionadas en cada uno de los últimos dos años que, de haberse hecho efectivas, la actual situación financiera de España sería "mucho más desahogada" ante la actual crisis económica.
Así, las deudas pendientes de cobro a finales de 2005 ascendían a 20.912 millones de euros, cifra que se incrementó en cerca de un 7,5%, hasta los 22.426 millones de euros en 2006, y en un 20%, hasta los 25.088 millones en 2007.
Bola de nieve
Gestha estima que este progresivo aumento de deudas pendientes deja traslucir un efecto de "bola de nieve", que viene creciendo de forma ininterrumpida en los tres últimos años y que pone en peligro la financiación de las distintas administraciones públicas, máxime en momentos de crisis como el actual.
Por todo ello, defiende una batería de propuestas técnicas, legislativas y de recursos humanos para actualizar el Plan de Prevención del Fraude, que presentará mañana el Gobierno. Entre ellas, propone un control "más cercano" de los contribuyentes, filtrando a aquellos que son "clave", así como el alargamiento de los procedimientos para reducir la litigiosidad en vía administrativa y judicial.
Deudores que no obtengan subvenciones
La exclusión para los deudores declarados insolventes del derecho a obtener subvenciones, crear empresas, formar parte de consejos de administración y ostentar cargos y empleos públicos, hasta que regularicen su situación tributaria y la necesidad de elaborar por expertos independientes un análisis y evaluación oficial de la economía sumergida en España y del fraude fiscal son otras de las propuestas de Gestha.
Igualmente, piden acordar un calendario con plazos anuales y plurianuales para la reducción del fraude fiscal y la economía sumergida, establecer fórmulas de coordinación y colaboración efectiva entre la Agencia Tributaria y las administraciones tributarias de las comunidades autónomas y la creación de una base de datos fiscales única compartida, alimentada con la información procedente de los ámbitos central y autonómico.
Plan de Prevención del Fraude Fiscal
Por último, los técnicos del Ministerio de Economía y Hacienda apuestan por establecer una fórmula de control por las Cortes de los resultados de las actuaciones de control del fraude realizadas por la Agencia Tributaria, así como homologar la Agencia Tributaria española a las administraciones europeas, de manera que existan sólo dos tipos de funcionarios: administradores y asistentes.
La última propuesta del decálogo presentado por Gestha es el desarrollo de la disposición adicional cuarta del Plan de Prevención del Fraude Fiscal, según la cual se deberían articular las medidas oportunas para asegurar que se autorice a los 8.000Técnicos del Ministerio de Hacienda a asumir las responsabilidades y competencias previstas para la prevención del fraude fiscal.
sábado, 8 de noviembre de 2008
España: precios de transferencia se endurecen
"Hacienda podrá fijar precios en las ventas intragrupo", articulo publicado el 07-11-08 , por C. Cuesta / E. S. Mazo en Expansion.com:
Hacienda pretende estrechar el control sobre este tipo de transacciones porque estima que se falsean los precios de estas ventas, eludiendo el valor real de mercado de los productos o servicios en cuestión, con el único objetivo de recortar a efectos fiscales el pago de los impuestos. Así, por ejemplo, se hace figurar un precio inferior al real al vender un producto a otra compañía, de manera que el ingreso declarado se reduce frente al real, originando un menor pago del Impuesto de Sociedades.
El organismo de lucha contra el fraude fiscal ha aprovechado el texto del nuevo reglamento, al que ha tenido acceso EXPANSIÓN, para arrogarse un poder hasta ahora reservado a organismos técnicos: La Agencia, es decir, un órgano de contenido y finalidad recaudatoria, será la responsable de controlar lo que se denominan acuerdos previos internacionales, es decir, los procedimientos por los cuales las compañías consultan previamente a las administraciones tributarias de los países de las distintas filiales implicadas el procedimiento a seguir para no tener problemas con el Fisco.
Hasta ahora era la Dirección General de Tributos, organismo técnico especializado en cuestiones normativas, y no recaudatorio, el encargado de esta delicada función, lo que puede despertar cierto escepticismo. Y es que los acuerdos previos internacionales son los pactos en los que ahora la Agencia Tributaria podrá directamente decir qué precio debe constar a efectos fiscales en las operaciones.
¿Cómo afecta?
Por poner un ejemplo: si una empresa española decide vender a otra compañía de su mismo grupo en Alemania una determinada mercancía, para no tener problemas posteriores con la Inspección, puede reclamar este tipo de acuerdos previos.
Allí, la Agencia le explicará cuál es el precio que aceptará como valor real de mercado, con lo que la empresa sabrá que si adopta otro valor puede encontrarse en el camino con la Agencia Tributaria. Hasta ahora, en esa función intervenía la Dirección de Tributos, sin ánimo recaudatorio, cuando implicaba a otros países al margen de España, que es precisamente el contexto en el que suceden las mayores operaciones.
El reglamento, por otra parte, supondrá un alivio de trámites empresariales en un punto concreto, en el de la documentación que tengan que preparar los grupos empresariales en caso de inspección fiscal.
Frente a la idea del primer borrador impulsado, Hacienda ha decidido ceder a una petición empresarial y permitir que buena parte de las obligaciones documentales sean comunes para el grupo, sin que se deban individualizar por cada filial. Además, el plazo inicial de preparación de esta documentación será el fin del periodo declarable, con lo que se gana en la práctica un año, puesto que los inspectores no podrán reclamarlos al inicio del ejercicio en cuestión, sino al término.
Por otro lado, la documentación podrá ser válida para más de un periodo, siempre que no haya cambios sustanciales de las circunstancias. Los expertos apuntan que, en la práctica, esto supondrá poder mantener la misma documentación aproximadamente durante dos años, evitando el coste extra de tener que renovarla cada ejercicio.
Las obligaciones de documentación
La documentación obligatoria más importante de operaciones entre personas o entidades vinculadas , según el texto del nuevo reglamento al que ha tenido acceso EXPANSIÓN, es la siguiente:
- Para la determinación del valor de mercado de las operaciones entre personas o entidades vinculadas, el obligado tributario deberá aportar, a requerimiento de la Administración tributaria, la documentación relativa al grupo al que pertenezca el obligado tributario. Se entiende por grupo, a estos efectos, el establecido en el apartado 3 del artículo 16 de la Ley del Impuesto, así como el constituido por una entidad residente o no residente y sus establecimientos permanentes en el extranjero o en territorio español.
Tratándose de un grupo en los términos previstos en el apartado 3 del articulo 16 de la Ley del Impuesto, la entidad dominante podrá optar por preparar y conservar la documentación relativa a todo el grupo. Cuando la entidad dominante no sea residente en territorio español, deberá designar a una entidad del grupo residente en territorio español para conservar la documentación.
- Deberá incluir el obligado tributario en las declaraciones que así se prevea, la información relativa a sus operaciones vinculadas en los términos que se establezca por Orden del Ministro de Economía y Hacienda.
En cuanto a la obligación de documentación del grupo al que pertenezca el obligado tributario, la documentación relativa al grupo es:
- Descripción general de la estructura organizativa, jurídica y operativa del grupo, así como cualquier cambio relevante.
- Identificación de las distintas entidades que, formando parte del grupo, realicen operaciones vinculadas en cuanto afecten, directa o indirectamente, a las operaciones realizadas por el obligado tributario.
- Descripción general de la naturaleza, importes y flujos de las operaciones vinculadas entre las entidades del grupo en cuanto afecten, directa o indirectamente, a las operaciones realizadas por el obligado tributario.
- Descripción de las funciones y de los riesgos asumidos por las entidades del grupo en cuanto afecten, directa o indirectamente, a las operaciones del obligado tributario, incluyendo los cambios del periodo impositivo o de liquidación anterior.
- Una relación de la titularidad de las patentes, marcas, nombres comerciales y demás activos intangibles en cuanto afecten, directa o indirectamente, a las operaciones realizadas por el obligado tributario, así como el importe de contraprestaciones derivadas de su utilización.
- Una descripción de la política del grupo en materia de precios de transferencia que incluya el método o métodos de fijación de los precios adoptado por el grupo, que justifique su adecuación al principio de libre competencia.
- Relación de los acuerdos de reparto de costes y contratos de prestación de servicios entre entidades del grupo, en cuanto afecten, directa o indirectamente, a las operaciones realizadas por el obligado tributario.
- La memoria del grupo o, en su defecto, informe anual equivalente.
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Evasion fiscal en Alemania
La evasión fiscal del todopoderoso presidente del Deutsche Post ha sido cubierta por La Vanguardia (www.lavanguardia.es) de la siguiente forma en su articulo "El ex presidente de Deutsche Post será procesado por evasión fiscal":
Este delito en Alemania puede ser castigado con penas de cárcel de hasta 5 años o incluso de 10 años
Berlín. (EFE).- El ex presidente de la compañía de correos alemana Deutsche Post Klaus Zumwinkel será procesado por evasión fiscal en relación con el denominado caso Liechtenstein, informó hoy la fiscalía de Bochum (oeste de Alemania).
Zumwinkel es sospechoso de haber evadido al fisco un millón de euros que presuntamente depositó en diversas fundaciones en el paraíso fiscal de Liechtenstein en los últimos años.
El ex directivo, de 64 años, estuvo desde 1990 al frente de Deutsche Post y presidía asimismo el consejo de vigilancia de la compañía de telecomunicaciones Deutsche Telekom, cargos a los que tuvo que renunciar tras estallar el escándalo.
Zumwinkel es hasta ahora la persona de mayor relevancia de los detenidos en relación con la trama de Liechtenstein. El escándalo fiscal, considerado como el más grande de la historia de Alemania, se descubrió a partir de un DVD comprado por los servicios secretos alemanes a un informante con datos de clientes del banco LTG de Liechtenstein que habrían creado fundaciones en el Principado para evadir impuestos.
El capital de esas fundaciones, según informó en su momento la fiscalía, ronda los 200 millones de euros.
En Alemania, la evasión fiscal puede ser castigada con penas de cárcel de hasta 5 años o incluso de 10 años, en casos especialmente graves. Sin embargo, la mayoría de los casos suelen cerrarse con una multa.
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viernes, 7 de noviembre de 2008
Andorra open to foreign takeovers
Andorra open to foreign takeovers
Article published by Mark Mulligan in Financial Times (www.ft.com) on November 7 2008
Andorra, the tiny Pyrenees principality, will on Friday open its borders to foreign takeovers as part of efforts to modernise the economy and shake off its image as a shady financial centre.
Under legislation passed in April, foreign investors will be allowed to control 100 per cent of companies in 200 designated sectors, while controls will be eased in core activities such as construction, tourism and retailing. Foreigners will be allowed to own 49 per cent of the capital in companies in these sectors, compared with 33 per cent at the moment.
Friday’s reforms follow the creation this year of companies’ register, to which local businesses will have to file regular accounts using international standards. There are also plans to introduce corporate tax of between 5 and 10 per cent, and value-added tax of 4 per cent.
At present, there are no direct taxes on companies and individuals in Andorra, making it a popular base for the wealthy from countries such as Spain, Portugal, France and the UK.
The changes are part of an effort to restructure the tiny economy, which relies on tourists – mainly skiers – for about 60 per cent of its E2.5bn gross domestic product. Global turbulence is expected to hit tourism hard, and Andorra has also seen a sharp downturn in construction activity, which accounts for about 10 per cent of GDP.
Juli Minoves, economic development minister, on Thursday described them as “important reforms, introduced at moment when they are most needed”.
However, the changes are also aimed at improving relations with Spain – which slaps a punitive 25 per cent tax on services provided by Andorran companies – and with the Organisation for Economic Co-operation and Development, which has Andorra on its list of un-co-operative tax havens.
This classification has taken on sinister connotations since the 2001 terrorist attacks in the US, as the hunt for al-Qaeda put secretive tax havens under the spotlight as possible sanctuaries for financiers of terrorist groups.
This, added to a series of financial scandals, has increased the pressure from the US and European Union on micro-countries such as Andorra and Liechtenstein for more transparent banking and taxation.
Copyright The Financial Times Limited 2008
PD: in fact is 24% currently, not 25%
martes, 4 de noviembre de 2008
Petición de rebaja de la fiscalidad en las embarcaciones de ocio
"La patronal náutica pide rebajar la fiscalidad de las embarcaciones de ocio" es el titulo de un articulo de La Vanguardia (www.lavanguardia.es) sobre otro sector que pide una ayuda directa o indirecta para capear la crisis. En este caso, quizas con cierta razon.
He aqui el articulo:
Madrid. (EFECOM).- El director general de la Asociación de Empresas Náuticas (Anen), Alejandro Landaluce, solicitó la semana pasada la rebaja de la fiscalidad que se aplica a las embarcaciones de recreo y deportivas, para incentivar así las ventas del sector.
Landaluce hizo estas declaraciones durante la presentación en Madrid de la 47 edición del Salón Náutico de Barcelona, que contará este año con la presencia de más de 600 expositores y que se celebrará entre el 8 y el 16 de noviembre.
Las cifras a las que se refirió eran el IVA que se aplica a las embarcaciones de más de 12 metros de eslora, del 12 por ciento, y el impuesto de matriculación, "que no existe en más países" y que lo hace similar a los automóviles, según explicó el director general.
"Creemos -dijo- que se debe tener en cuenta que el sector náutico español da trabajo a unas 115.000 personas de forma directa o indirecta, mientras que en Italia, donde hay una política fiscal distinta, se llega a los 680.000 puestos de trabajo".
El Salón, al que es espera casi 200.000 visitantes, será inaugurado por la ministra de Defensa, Carme Chacón, y en él se expondrán 250 barcos y se celebrarán 190 actos relacionados con varios aspectos del sector.
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sábado, 25 de octubre de 2008
Suiza es un Paraiso Fiscal para Alemania
Alemania quiere a Suiza un paraíso fiscal "negro lista"
El ministro de Finanzas alemán, Peer Steinbrück, dijo el martes que Suiza debe ser colocado en una lista internacional de paraísos fiscales.
Hablando a reporteros en París después de una conferencia sobre medidas para combatir la evasión fiscal, dijo Steinbrück Suiza merecía estar en la lista está elaborada por la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos de Suiza, porque las condiciones de inversión alentó a algunos contribuyentes alemanes a cometer fraude.
El ministro francés del presupuesto, Éric Woerth, ha añadido que los suizos definición de fraude fiscal es "muy estrecho", incluso si el país ha hecho progresos.
Steinbrück dijo fiscales que ofrece la "competencia desleal", y agregó, "Tenemos un problema en nuestras fronteras".
Delphine Jaccard, un portavoz del Ministerio de Finanzas de Suiza, dijo en una declaración, "Suiza ha tenido en cuenta los resultados de la conferencia y en la actualidad no ve ninguna razón para reaccionar." Suiza, dijo, "ya ha hecho acuerdos con varios estados, entre ellos Alemania" en relación con "el intercambio de información para la aplicación del derecho interno de los Estados contractuales en los casos de fraude fiscal".
Hoy en día, en negocios con Reuters
China responde a EE.UU. en tartly oficialmente currencyBritain zona euro en recesión-boom-bust a algunos países afectados harderSwitzerland, Austria, Luxemburgo y Liechtenstein no estuvieron presentes en la conferencia.
"Suiza sólo está dispuesta a cooperar con nosotros si hay evasión de impuestos", añadió Steinbrück. "Pero para demostrar esta evasión de impuestos necesitamos la información exacta que Suiza tiene, pero no lo entregan. Ese es el problema".
Investigaciones sobre la evasión de impuestos fueron reforzadas en todo el mundo este año después de impuestos fiscales alemán comenzó a investigar cientos de sospechosos de ocultar dinero en Liechtenstein, un principado que limitan con Suiza. En abril, la Canciller Angela Merkel de Alemania prometió estrechar las conversaciones con las autoridades suizas en materia fiscal luego de reunirse con el presidente suizo, Pascal Couchepin.
Presidente Nicolas Sarkozy de Francia, martes a hacer frente a los legisladores del Parlamento Europeo en Estrasburgo, reiteró pide cambios en el tratamiento de los paraísos fiscales como las Islas Caimán y Mónaco. Dijo que el tema debería estar en el orden del día de una reunión en la cumbre de líderes mundiales para discutir la crisis financiera mundial.
La OCDE, con sede en París, tiene una lista de paraísos fiscales no cooperativos. Suiza no está en la lista, que cuenta con sólo tres países: Mónaco, Andorra y Liechtenstein. Varios lugares se han retirado en los últimos años, incluyendo las Islas Marshall y Liberia.
La OCDE está trabajando en una nueva lista de paraísos fiscales y las posibles medidas de represalia que se publicará en el verano de 2009, Woerth, el oficial francés, dijo. Steinbrück dijo que sería una "lista de negro" de los países considera que fomentar el fraude, y una "lista verde" de países que avanzan en la lucha contra ella.
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martes, 14 de octubre de 2008
Valor imaginario de los activos
"Del mark-to-market al valor imaginario de los activos: no hay que matar al mensajero" es un articulo de Juan Miguel del Cid Gómez publicado en http://www.eleconomista.es/mercados-cotizaciones/noticias/
"No hay mejor manera de evitar una crisis financiera que escondiéndola debajo de la alfombra. Así parece entenderlo el plan de estabilización de emergencia aprobado por las cámaras de EEUU y firmado por el presidente Bush. Una de las medidas recogidas en dicho plan concede a la SEC (Securities and Exchange Commission) la autoridad para suspender la aplicación del principio contable mark-to-market, en aras de una supuesta protección del interés público y de los inversores.
Este principio contable, conocido también como fair value o valor razonable, se recoge en el Statement núm. 157 del Financial Accountant Estandars Board (organismo privado que emite los principios de contabilidad generalmente aceptados en EEUU) y es el que se aplica en la valoración de los instrumentos financieros deteriorados que han protagonizado la actual crisis financiera.
Para algunos gestores bancarios de EEUU el principio del mark-to-market está colapsando el sistema financiero obligando a las entidades a valorar los instrumentos subprime por su valor de mercado. Incluso se ha argumentado que al igual que Abraham Lincoln suspendió el habeas corpus en periodos de guerra, los reguladores deberían suspender la aplicación de este 'dañino' principio contable en estos tiempos de crisis financiera.
Esta solución llevaría a asignar a los activos financieros deteriorados un feliz valor imaginario muy alejado de la realidad hasta que las aguas volvieran a su cauce.
El valor razonable
El valor razonable se define como el precio que sería recibido por vender un activo o pagado para transferir un pasivo en una transacción ordenada entre participantes independientes en el mercado a la fecha de medición. La medición hecha a valor razonable asume que el activo o el pasivo se intercambia en una transacción ordenada entre los participantes en el mercado; no es una transacción forzada (por ejemplo, la liquidación o la venta apresurada). Se trata de una transacción hipotética a la fecha de medición que la empresa al elaborar los estados financieros debe considerar.
La medición hecha a valor razonable asume que la transacción se produce en el mercado de mayor nivel de actividad para ese activo o en ausencia de éste en el que maximice la cantidad que sería recibida.
En los últimos años las firmas de Wall Street han creado y comercializado complejos instrumentos financieros basados en las hipotecas de alto riesgo que eran empaquetadas en atractivos productos de inversión. Estos valores de diseño como los subprime bonds y los collateralized debt obligations (CDOs) tenían por objetivo obtener altos rendimientos avalados por elevados niveles en su rating de solvencia. Ante la explosión de la burbuja inmobiliaria, los mercados empiezan a manifestar sus dudas sobre la bondad de tales productos y los compradores desaparecen súbitamente, surgiendo las dudas sobre su valor.
¿Cuánto valen los activos?
De acuerdo con las normas contables, se pueden utilizar distintos supuestos para fijar el precio de estos activos. Unos están basados en datos observables del mercado obtenidos de fuentes independientes de la entidad emisora de la información. Otros utilizan inputs no observables basados en hipótesis de la entidad que reporta. Hay un aspecto clave para incrementar la consistencia y la comparabilidad en las mediciones hechas a valor razonable como es la jerarquía que prioriza en tres niveles para las técnicas de valuación.
Dicha jerarquía da la prioridad más alta a los precios cotizados en mercados activos para idénticos activos (nivel 1), es decir en mercados en los que se producen transacciones con frecuencia y volumen suficiente para ofrecer información continua sobre la fijación de precios. Le siguen los precios cotizados para activos similares en mercados activos (nivel 2). La prioridad más baja corresponde a los inputs no observables (nivel 3), que serán usados para medir el valor razonable en la medida en que no estén disponibles inputs observables y en situaciones en las que haya poca actividad de mercado.
Cuando el mercado para los activos financieros de mala calidad basados en las hipotecas subprime desaparece, las entidades financieras empiezan a utilizar índices para su valoración como el Markit ABX, que no arrojan buenos resultados. Al final hay que recurrir al único método de valoración posible basado en datos no observables (nivel 3), como es el descuento a valor presente de los flujos de efectivo futuros que generará el activo. La medición se basa en las expectativas actuales que el mercado tiene respecto a esas cantidades futuras. Son cantidades de difícil estimación, en muchos casos inciertas por el riesgo que al final depende de que los propietarios de viviendas hipotecadas cumplan con sus pagos.
Todo esto, además de acarrear importantes dificultades de valoración, ha producido resultados desastrosos en los balances de entidades como Lehman Brothers, Fannie Mae y Freddie Mac, que se han visto abocadas a la quiebra.
No hay que matar al mensajero
Algunos financieros innovadores han encontrado la solución a todos estos problemas: nada mejor que la supresión del valor razonable, ya que su cálculo está basado en hipótesis cada vez más pesimistas.
Sin embargo, la supresión del principio del valor razonable no va en interés de los inversores ni de la transparencia de los mercados de valores. La confianza del público en el sistema financiero podría ser socavada por estos intentos de disfrazar el valor actual de los activos deteriorados y, por ende, de la imagen fiel de los estados financieros de las empresas afectadas. Es importante subrayar que el valor razonable ha contribuido positivamente a poner de manifiesto la severidad de la crisis a la que se enfrentan los mercados de crédito y determinadas instituciones, pero no ha creado la crisis.
Muchos de los requerimientos contables actuales proceden de la crisis de las Saving and Loan de la década de 1980, cuando los reguladores debieron aprender que no conocer el valor real de los instrumentos financieros puede ser devastador si la burbuja finalmente explota y las instituciones financieras se ven obligadas a cerrar sus puertas.
Aunque determinar el valor razonable de los instrumentos financieros en un mercado carente de liquidez puede suponer un reto, las prácticas actuales proporcionan un método consistente y uniforme con una amplia información para los inversores. Las autoridades económicas, responsables de restaurar la confianza en el sistema financiero, no deberían culpar al valor razonable, el cual es simplemente el mensajero de la crisis, no la causa.
Juan Miguel del Cid Gómez es Catedrático de Economía Financiera y Contabilidad de la Universidad de Granada
http://banksit.blogspot.com
http://internationaltax1.blogspot.com
http://assetprotection.wordpress.com
http://proteccionactivos.wordpress.com
http://proteccionbienes.blogspot.com
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Protección de activos
miércoles, 1 de octubre de 2008
España: inspecciones de impuestos sin papel
"Se acabó papel en las inspecciones de Hacienda de las empresas", articulo publicado el 29-09-2008 , por José Mª López Agúndez en Expansion.com:
Una consulta de la DGT permite “destruir el papel” una vez que se digitalicen las facturas. El criterio de Tributos se adelanta en el tiempo porque todavía son muy frecuentes las actuaciones en las que se pide papel. El sistema informático debe certificarse por Hacienda.
La Dirección General de Tributos (DGT) acepta y respalda que las empresas puedan presentar y conservar las facturas en formato digital para las inspecciones y requerimientos que realice la Administración.
En una consulta sobre deducción de cuotas soportadas del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), la DGT explica de forma muy gráfica que una vez que los documentos de las empresas se digitalicen “se puede incluso destruir el papel”. El requisito imprescindible para poder beneficiarse de la tecnología es que la empresa cuenta con un sistema homologado o certificado por Hacienda.
Tributos ha estudiado la consulta realizada por una empresa que procesa un elevado número de documentos en papel, digitalizando todos ellos para ser incluidos en una base de datos. La compañía preguntaba a Hacienda sobre la validez como prueba de los documentos digitalizados en su correspondiente soporte ?disquetes, CD y cintas magnéticas? ante cualquier requerimiento de la Administración tributaria.
Lo que hace la DGT es interpretar la Orden 962/2007 sobre Facturación telemática y conservación electrónica de facturas del Ministerio de Economía. En esta norma se incluyen los requisitos del sistema de software que deben tener las empresas para digitalizar su documentación y en la Resolución de 24-X-2007 se recoge el procedimiento que tienen que seguir las empresas para conseguir que el director del departamento de Informática Tributaria de la Agencia homologue su sistema. También se incluyen los formatos, entre otros, el PDF y JEPG2000.
La principal característica que debe reunir el software es que “garantice la obtención de una imagen fiel e íntegra de cada documento y firmada con firma electrónica”. El sistema digital “certificado”, añade la consulta, tendrá que “organizarse en torno a una base de datos documental y que por cada documento digitalizado se conserve un registro de datos con todos los campos exigibles en la llevanza de los libros de registro”.
Según explica la DGT, “en la medida en que las facturas y documentos sustitutivos y cualesquiera otros documentos o justificantes pueden ser digitalizados y conservados por medios electrónicos, pudiéndose incluso destruir el papel, dicha documentación en soporte electrónico puede ser válida como medio de prueba en los procedimientos realizados ante la Administración tributaria”.
La consulta introduce una importante matización en lo que se refiere a la destrucción de los documentos. El contribuyente tendrá que tener en cuenta “el cumplimiento de las obligaciones que en otros ámbitos, como el mercantil, afecten a la conservación de dichos documentos”.
Es decir, no todo el papel tiene por qué desaparecer, ya que en otro tipo de ámbitos fuera de lo que es el procedimiento administrativo tributario, como las transacciones comerciales, puede ser relevante su conservación.
Por otro lado, la consulta recuerda que la Ley 37/1992 del IVA ya previó que “las facturas recibidas, los justificantes contables, las facturas expedidas y las demás copias deberán conservarse, incluso por medios electrónicos, durante el plazo de prescripción del impuesto”. De igual forma, esta norma también establece que la conservación de este tipo de documentos “se podrá cumplir por un tercero, que actuará en nombre y por cuenta del sujeto pasivo”.
Como explica Raúl Salas, socio del Área Fiscal de Baker & McKenzie, la importancia de esta consulta reside en que “la DGT se pronuncia sobre la validez del formato electrónico de facturas emitidas y recibidas en un momento en el que todavía se pide papel en las inspecciones e incluso cuesta que acepten la firma electrónica en determinadas situaciones”. Salas apunta que el documento o la factura digitalizado tiene que ser “inalterable”.
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